Interrupciones del servicio
Reanudar tus prestaciones tras reincorporarte al trabajo¿Qué es una interrupción del servicio?
Si no tienes horas de servicio durante 14 semanas o más, se considerará que tienes una interrupción en el servicio. Cuando te reincorpores al trabajo, serás tratado como un nuevo Miembro del Equipo a efectos de prestaciones y estarás sujeto a la revisión inicial de elegibilidad descrita en Elegibilidad inicial e inscripción.
- Si te reincorporas o te vuelven a contratar y empiezas a acumular horas de servicio en las 14 semanas siguientes a tu último día de servicio o a tu fecha de cese, no se considerará que has tenido una interrupción en el servicio y no se restablecerá tu derecho.
- Si tienes derecho a prestaciones a tu regreso, tendrás la oportunidad de volver a elegir las prestaciones a partir del primer día del mes siguiente o coincidiendo con la fecha de tu recontratación. Dispondrás de 45 días a partir de la fecha de entrada en vigor de tus prestaciones para inscribirte en la cobertura. Por ejemplo, si puedes incorporarte al plan de prestaciones a partir del 1 de junio, tendrás hasta el 15 de julio para inscribirte.
Si tienes derecho a prestaciones y la interrupción de los servicios dura menos de 30 días, se restablecerán automáticamente tus anteriores elecciones de prestaciones sin interrupción de la cobertura.